ACCIDENTES PERSONALES

Tipo de Cobertura:

Este tipo de Póliza denominada Accidentes Personales, cubre al Asegurado por Muerte Accidental  e Incapacidad Total y Parcial ¨Permanente por Accidentes y se adicionan Gastos Médicos Farmacéuticos según información plasmada en hoja Nro. 2.

En este tipo de contratos es específicamente para personas que no estén en relación de dependencia, sino para Residentes, Independientes y trabajos ad Honorem.

Se puede adicionar la famosa clausula de no repetición, a favor de alguna entidad, en caso de que alguna institución se lo solicite. La misma no lleva cargo alguno.

Forma de Contratación:

La contratación se realiza en forma “online” cargando los datos en vuestro site. – según mail enviado de primer contacto-.

Beneficiarios:

El beneficiario tendrá el 100% de la participación. En caso de que Ud., desee designar más de un beneficiario, necesitamos los datos de la/s demás personas.

Ámbito de cobertura:

El ámbito de aplicación de la presente cobertura se comprende por las 24 hs (Plus) en mundo entero.

(GMF): Significa Gastos Médicos Farmacéuticos a consecuencia de accidente.

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